Ley General de Salud Artículo 71 Quinquies México
Ley General de Salud
Artículo 71 Quinquies.
Las instituciones públicas prestadoras de servicios de salud, para garantizar una implementación efectiva de la salud digital, deberán considerar los siguientes aspectos:I.Evaluación de la infraestructura tecnológica disponible para la correcta operación de los servicios;
II.Capacitación continua del personal de salud en herramientas digitales y protocolos de atención a distancia;
III.Coordinación entre instituciones del sector salud para la integración de sistemas y plataformas de telesalud;
IV.Medición y evaluación de indicadores de desempeño para la mejora continua de los servicios de telesalud, y
V.Promoción de la inclusión digital para reducir la brecha tecnológica en la población.
México Artículo 71 Quinquies Ley General de Salud
Mejores juristas
Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
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